RDC Contadores

Persona moral · Clave SAT 603

Fines no lucrativos

Personas Morales con Fines no Lucrativos · SAT 603

Asesoría fiscal para asociaciones civiles, fundaciones e instituciones de asistencia social: autorización SAT, transparencia y cumplimiento del Título III de la LISR.

Honorarios según tamaño y actividades de la organización · cotización en 24 h

En pocas palabras

Las personas morales con fines no lucrativos (clave SAT 603, Título III de la LISR) pueden obtener autorización del SAT para estar exentas del ISR, siempre que destinen sus recursos exclusivamente a los fines autorizados. Sin embargo, deben cumplir obligaciones de transparencia, presentar declaraciones informativas y mantener su autorización vigente. En RDC Contadores acompañamos a asociaciones civiles, fundaciones, colegios y organizaciones de asistencia social en su cumplimiento fiscal y en la renovación de su autorización.

Límites y topes

Números que debes conocer

Destino de ingresos
100% fines autorizados
No distribución de excedentes a asociados
Actividades gravadas accesorias
Límite % ingresos
Ingresos fuera del objeto pueden perder exención parcial
Donativos deducibles para donantes
Con autorización vigente
Hasta 7% ingresos PF o 4% PM del donante
Avisos anti-lavado
Umbrales LFPIORPI
Efectivo, donativos, operaciones vulnerables

Capacitación fiscal

ISR en personas morales sin fines de lucro (603)

Con autorización del SAT (Título III LISR), la organización puede estar exenta de ISR sobre ingresos destinados a su objeto social. Ingresos no relacionados o actividades mercantiles gravadas sí pueden generar ISR. Además existen obligaciones de transparencia y prevención de lavado de dinero.

Fórmula de referencia

ISR (si hay ingresos gravados) = Utilidad de actividades gravadas × 30%
Exento: ingresos con fines autorizados debidamente aplicados
  1. Verifica que tu autorización de exención (art. 79-81 LISR) esté vigente.
  2. Separa ingresos relacionados con el fin autorizado vs ingresos gravados accesorios.
  3. Aplica los recursos exclusivamente a los fines de la autorización.
  4. Presenta declaración informativa anual del Título III.
  5. Cumple avisos de actividades vulnerables (anti-lavado) si recibes donativos en efectivo o en especie según umbrales.
  6. Publica información financiera conforme al artículo 32-D CFF si eres donataria autorizada.

Importante: Declaración de actividades vulnerables (anti-lavado)

Las donatarias autorizadas y otras entidades deben presentar avisos ante el SAT/Ley Antilavado cuando reciben donativos en efectivo u operaciones que superan umbrales. No es ISR, pero es obligación crítica — el incumplimiento genera multas graves.

Importante: Exención no es automática

Estar en el RFC con clave 603 no basta: necesitas autorización específica y renovarla. Sin ella, tributas como persona moral lucrativa.

Recibos de donativo

Solo con autorización de donataria puedes emitir comprobantes que permitan a tus donantes deducir en su declaración anual.

Transparencia y artículo 32-D CFF

Las donatarias autorizadas deben publicar en internet estados financieros, montos de donativos recibidos y aplicación de recursos.

Esta transparencia es condición para mantener la autorización y la confianza de donantes institucionales.

Renovación de autorización SAT

La autorización de exención y la de donataria tienen vigencia y requisitos de renovación. Un despacho especializado revisa que tus estatutos, actas y registros contables cumplan antes de cada vencimiento.

Peculiaridades del régimen

Lo que debes saber antes de contratar

Autorización del SAT

Para estar exenta de ISR necesitas autorización vigente conforme a los artículos 79 a 81 de la LISR, con actividad acorde a tu objeto social.

Destino exclusivo de ingresos

Los ingresos deben aplicarse íntegramente a los fines autorizados; la distribución de excedentes a socios o asociados está prohibida.

Donativos deducibles

Con la autorización correcta (incluida la de donataria autorizada), tus donantes pueden deducir los donativos en su declaración anual.

Transparencia y reportes

Debes publicar información financiera y presentar declaración informativa anual ante el SAT para mantener la exención.

Marco legal

Fundamento en la ley fiscal mexicana

Referencias a la LISR, CFF y reglas vigentes. Para tu caso concreto, consulta con un contador — el SAT publica reformas y miscelánea cada año.

  • LISR, arts. 79 a 82

    Regulan la autorización, requisitos y causales de revocación de la exención de ISR para organizaciones sin fines de lucro.

  • LISR, arts. 83 a 87

    Establecen las obligaciones de destino de ingresos, actividades mercantiles accesorias y tratamiento de ingresos no relacionados.

  • CFF, art. 32-D

    Obliga a publicar información financiera en medios electrónicos para contribuyentes con autorización de donataria.

  • RMF 2026, reglas 3.10. y Anexo 1, clave 603

    Detalla requisitos de la declaración informativa anual, renovación de autorización y la clave 603 en el catálogo c_RegimenFiscal.

Para quién es

¿Te reconoces en alguno de estos perfiles?

  • Asociaciones civiles (A.C.) con actividad sin fines de lucro
  • Fundaciones y instituciones de asistencia social
  • Colegios, cámaras y organizaciones gremiales autorizadas
  • ONG que buscan o renovar autorización de donataria ante el SAT

Qué hacemos

Tu cumplimiento, mes con mes

1

Contabilidad y transparencia

Llevamos registros contables claros y preparamos la información para cumplir con el artículo 32-D del CFF.

2

Declaración informativa anual

Presentamos la declaración informativa del Título III y verificamos que los ingresos se destinen correctamente.

3

Autorización y renovación SAT

Te asesoramos para obtener, mantener o renovar la autorización de exención y de donataria autorizada.

4

Emisión de recibos de donativo

Configuramos la emisión de comprobantes fiscales de donativo conforme a los requisitos del SAT.

Obligaciones que cubrimos

Todo lo que el SAT (y más) exige

  • Declaración informativa anual (Título III LISR)
  • Publicación de información financiera (art. 32-D CFF)
  • Contabilidad electrónica cuando sea exigible
  • Emisión de recibos de donativo deducibles
  • IVA en actividades gravadas accesorias
  • Retenciones de ISR e IVA a proveedores y asimilados
  • Renovación de autorización de donataria ante el SAT

En tu portal

  • Reportes de ingresos y egresos por programa o proyecto
  • Documentación para transparencia y donantes
  • Estado de autorizaciones SAT vigentes
  • Acuses de declaraciones informativas presentadas

Tu portal

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