Persona física · Clave SAT 626
RESICO Persona Física
Régimen Simplificado de Confianza — Personas Físicas · SAT 626
Contabilidad mensual para profesionistas y emprendedores con ingresos hasta 3.5 millones de pesos: ISR simplificado, IVA y portal de cliente incluido.
En pocas palabras
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es la opción más popular para personas físicas con actividad empresarial cuyos ingresos anuales no superan 3.5 millones de pesos. Ofrece tasas de ISR reducidas, contabilidad simplificada y obligaciones mensuales claras. En RDC Contadores llevamos tu RESICO de punta a punta: desde el alta en el RFC hasta el cálculo mensual de impuestos, la emisión de facturas y la declaración anual, con un portal donde consultas el estado de cada mes.
Límites y topes
Números que debes conocer
- Ingresos anuales máximos
- $3,500,000
- Si los superas, sales de RESICO el mes siguiente
- Ingresos por plataformas tech.
- Límite específico RMF
- Si recibes ingresos vía apps, revisa reglas de compatibilidad
- Deducciones de gastos
- No permitidas
- Salvo IVA acreditable en supuestos del art. 113-G
- Tasa ISR máxima RESICO PF
- 2.5%
- Sobre ingresos cobrados del periodo
Capacitación fiscal
ISR en RESICO persona física (626)
El RESICO calcula el ISR sobre ingresos efectivamente cobrados en el mes — no sobre lo facturado si aún no te pagan. Las tasas son fijas y bajas según el rango de ingresos del periodo.
Fórmula de referencia
ISR del mes = Ingresos cobrados en el mes × tasa RESICO (art. 113-F LISR) − pagos de ISR de meses anteriores del mismo ejercicio
- Identifica los ingresos efectivamente cobrados en el mes (transferencias, efectivo, etc.).
- No incluyas lo facturado pero no cobrado — RESICO es régimen de cobro.
- Ubica el total en la tabla del artículo 113-F y aplica la tasa correspondiente (aprox. 1% a 2.5%).
- Resta los pagos de ISR enterados en meses previos del mismo año fiscal.
- El resultado es el ISR a pagar (o cero si los anticipos cubren el importe).
- Presenta la declaración mensual y paga antes del día 17 del mes siguiente.
Importante: Cobrado ≠ facturado
Si emitiste factura en marzo pero te pagaron en abril, el ingreso va en abril. Este es el cambio más importante frente al régimen 612, que trabaja con devengado.
Importante: Los pagos anteriores no son deducción
Lo que ya pagaste de ISR en meses previos reduce tu pago del mes actual, pero no es una deducción de gastos. En RESICO no hay deducciones operativas: la tasa baja sustituye ese mecanismo.
IVA sigue siendo por devengo
Aunque el ISR sea por cobro, el IVA generalmente se determina por lo facturado en el mes. Lleva ambos criterios en paralelo.
Comparativa
RESICO (626) vs Actividades empresariales (612)
| Aspecto | RESICO 626 | Actividades empresariales 612 |
|---|---|---|
| Base de ISR | Ingresos cobrados | Utilidad (ingresos − deducciones) |
| Tasa | 1% – 2.5% fija | Tarifa progresiva art. 96 |
| Deducciones | No | Sí — amplias |
| Tope ingresos | $3.5 MDP/año | Sin tope |
| Contabilidad | Simplificada | Completa — NIF |
Herramientas RDC
Pruébalo antes de contratar
Simula tu ISR mensual con ingresos cobrados antes de cerrar el mes.
Peculiaridades del régimen
Lo que debes saber antes de contratar
Tope de ingresos
Puedes permanecer en RESICO mientras tus ingresos anuales no excedan 3.5 millones de pesos. Si los superas, debes cambiar de régimen a partir del mes siguiente.
Tasas preferenciales de ISR
El ISR se calcula con tasas del 1% al 2.5% sobre ingresos cobrados (no devengados), significativamente menores que el régimen de actividades empresariales.
Sin deducciones autorizadas
A diferencia del régimen tradicional, en RESICO no se deducen gastos operativos; la tasa baja compensa la simplificación contable.
IVA acreditable limitado
Solo puedes acreditar IVA de gastos estrictamente indispensables vinculados a tu actividad, conforme al artículo 113-G de la LISR.
Marco legal
Fundamento en la ley fiscal mexicana
Referencias a la LISR, CFF y reglas vigentes. Para tu caso concreto, consulta con un contador — el SAT publica reformas y miscelánea cada año.
LISR, art. 113-E
Establece los requisitos, supuestos de aplicación y causales de exclusión del RESICO para personas físicas.
LISR, art. 113-F
Define las tasas de ISR aplicables según el monto de ingresos cobrados en el periodo de declaración mensual.
LISR, art. 113-G
Regula las obligaciones de pago provisional, acreditamiento de IVA y presentación de declaraciones informativas del contribuyente RESICO.
RMF 2026, reglas 2.7.1. y Anexo 1
Detalla procedimientos de inscripción, cambio de régimen y la clave 626 en el catálogo c_RegimenFiscal vigente ante el SAT.
Para quién es
¿Te reconoces en alguno de estos perfiles?
- Profesionistas independientes con ingresos hasta 3.5 MDP anuales
- Freelancers, consultores y prestadores de servicios profesionales
- Emprendedores que buscan contabilidad simple y tasas bajas de ISR
- Contribuyentes que migran desde actividades empresariales o plataformas tecnológicas
Qué hacemos
Tu cumplimiento, mes con mes
Alta y cambio de régimen
Gestionamos tu inscripción o cambio a RESICO en el RFC sin costo adicional dentro del servicio mensual.
Cálculo mensual de impuestos
Determinamos ISR e IVA de cada mes con base en tus ingresos cobrados y gastos acreditables permitidos.
Facturación y contabilidad
Te apoyamos con la emisión de CFDI, registro de ingresos y conciliación bancaria simplificada.
Declaración anual
Presentamos tu declaración anual del ejercicio y resolvemos cualquier requerimiento del SAT.
Obligaciones que cubrimos
Todo lo que el SAT (y más) exige
- ✓Declaraciones mensuales de ISR RESICO
- ✓Declaraciones mensuales de IVA (cuando aplique)
- ✓Declaración anual de persona física
- ✓Emisión y control de facturas electrónicas (CFDI)
- ✓Monitoreo del buzón tributario del SAT
- ✓Asesoría para cambio de régimen si superas el tope de ingresos
- ✓Contabilidad electrónica cuando sea exigible
En tu portal
- ▸Dashboard mensual con ISR, IVA y estado de pago
- ▸Carga y consulta de comprobantes fiscales
- ▸Acuses de declaraciones presentadas ante el SAT
- ▸Facturas de honorarios y historial de pagos
Tu portal
Tu despacho en el bolsillo
Estado del mes, acuses y honorarios en un solo lugar.
Portal del cliente
Tu despacho en el bolsillo
Construimos un portal exclusivo para nuestros clientes. Ahí ves tu cumplimiento fiscal, tus honorarios y todos tus documentos. Sin cadenas de WhatsApp, sin correos perdidos.
Tu estado, de un vistazo
Al iniciar sesión ves de inmediato si estás al día con el SAT y con el despacho, además de los próximos vencimientos.
- Resumen del mes en una sola pantalla
- Semáforo de cumplimiento y honorarios
- Próximos pagos al SAT y al despacho
Mi portal
Hola, María
Cumplimiento Hacienda
Mes presentado
Periodo abril 2026
Honorarios
Pagado
Mayo 2026
Próximo vencimiento
Pago de ISR/IVA · 17 de junio
Periodo mayo 2026
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